La Ley 158-01 (Fomento al Desarrollo Turístico) es un marco legal creado por el Estado Dominicano para incentivar la inversión en proyectos turísticos en zonas de gran potencial, como Las Terrenas, Samaná y Punta Cana. Su objetivo es hacer que la inversión inmobiliaria y hotelera sea mucho más rentable y competitiva.
Principales Beneficios para Inversores y Compradores
Si compras una propiedad en un proyecto certificado por CONFOTUR, accedes a las siguientes exoneraciones fiscales (generalmente por un periodo de 15 años):
Exención del Impuesto de Transferencia (3%): No pagas el impuesto por el traspaso del título de propiedad a tu nombre.
Exención del IPI (1% anual): Quedas exento del Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria (IPI) que se aplica sobre el valor del inmueble.
Exención del Impuesto sobre la Renta (ISR): Ideal para empresas desarrolladoras o quienes gestionan rentas turísticas bajo ciertos esquemas.
Cero Aranceles de Importación: Exención de impuestos aduaneros para materiales, equipos y mobiliario necesarios para equipar el proyecto (aplicable principalmente a constructores).

